El Proyecto de Ampliación de Lenguas Extranjeras es un programa oficial que complementa la oferta del centro en este apartado. Además del Programa Bilingüe en Francés y del PDC English+ contamos con este recurso diseñado desde el centro. Este programa anual del Élaios titulado SCIENCE & CULTURE THROUGH ENGLISH trabaja la lengua inglesa y participan en él los departamentos de Biología y Geología, Física y Química, Educación Física y Artes Plásticas.
eTwinning “IYPT 2019: An elements’ biography” IYPT 2019: Una biografía de los elementos
Durante el curso 2018-2019 los alumnos de Física y Química de 3ºESO (ahora acabando cuarto) participaron en el proyecto eTwinning “IYPT 2019: An elements’ biography” (IYPT 2019: Una biografía de los elementos) en colaboración con el centro rumano Colegiul National “Ienachita Vacarescu”.
En 2019 se cumplieron 150 años desde que Dmitri Mendeleev propusiera su tabla periódica de los elementos químicos, base de la tabla actual. Para conmemorarlo la ONU declaró 2019 el Año Internacional de la Tabla Periódica de los Elementos Químicos y nosotros decidimos elaborar la nuestra para recordarlo. El proyecto ha consistido en crear una tabla periódica digital. El alumnado español se encargó de buscar y elaborar la información en inglés y el rumano de crear la página y subir la información. El resultado ya se puede consultar en la red.
Características de los Proyectos de Ampliación de Lenguas Extranjeras y Promoción de Programas Europeos.
1. El Proyecto de Ampliación de Lenguas Extranjeras y Promoción de Programas Europeos deberá ser solicitado a propuesta del Consejo Escolar y con la aprobación del Claustro de profesores.
2. Los centros docentes deberán elaborar un Proyecto de Ampliación de Lenguas Extranjeras en el que incluyan todas las actividades que vayan a realizar durante el curso escolar, que tengan como principal objetivo el desarrollo, adquisición y mejora de la competencia en comunicación lingüística en lengua extranjera.
3. El Proyecto de Ampliación de Lenguas Extranjeras deberá proponer para el grupo/nivel/curso de alumnos implicados, al menos, dos actividades curriculares y/o complementarias. Dentro de estas últimas se considerarán los Programas Europeos. En todo caso, se atenderá a lo especificado en los artículos cuatro y cinco de esta orden.
4. Los proyectos deberán formar parte de la programación general anual (PGA) de los centros. Las actividades curriculares o complementarias propuestas indicarán el profesorado implicado y el horario, quedando reflejado en el Documento de Organización del Centro (DOC).
5. Los centros deberán asegurar la colaboración de un profesor que será el coordinador del proyecto.
6. Los proyectos deberán respetar la distribución horaria y el resto de las condiciones de impartición del currículo.
7. La autorización del proyecto en los centros públicos no conllevará incremento de recursos para la atención del programa autorizado. La autorización del proyecto en los centros concertados no supondrá una modificación de las condiciones del correspondiente concierto educativo suscrito.
8. Los proyectos deberán desarrollarse a lo largo del curso escolar 2018-2019.